(DESCRIMINACIÓN TOTAL AL NO PODER PESCAR EN CALADEROS QUE SE ENCUENTRAN EN LA PERPENDICULAR DE LA COSTA DE CASTELLÓN).
La zona de veda de la provincia de Valencia actual, desde el 2001 discrimina y perjudica a los pescadores de arrastre de la provincia de Castellón por no poder acceder a los caladeros de gamba roja, gamba blanca y cigala y otras zonas donde han pescado toda la vida los barcos de arrastre de la provincia de Castellón, ahora cuando Valencia esta en veda no pueden pescar,
BOE DEL 2001
Montajes hechos por José Francisco Martín (QUIQUET)
La línea del Paralelo de Almenara con demora de 90º hay que cambiarla a una demora de 107º
Montajes hechos por José Francisco Martín (QUIQUET)
En vez de una línea de paralelo de 90ºde Almenara, tendría que ser una demora de 107º, con el paralelo se discrimina a los barcos de arrastre de Burriana y de Castellón, no pudiendo pescar gamba roja en el talud frente a la provincia de Castellón.
(Unas zonas donde nunca van a pescar los barcos de arrastre de Valencia), pero fastidian a los barcos de la provincia de Castellón cuando ellos están en veda siendo una zona que esta en la perpendicular de la costa de la provincia de Castellón.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2008-2182
Gamba roja del Grau no tiene historial, pero si una HISTORIA
El viernes me entere de que los pescadores de arrastre de Valencia quieren acotar zonas de la "Planaseta" y de "barras de Wamba" zonas rocosas de pesca donde han ido y van siempre los pescadores de Castellón, y el talud donde se puede capturar gamba roja, son zonas más cercanas al puerto de Castellón y de Burriana que al de Valencia.
La zona es la que tienen que acortar Valencia es esta, y no las de enfrente de la provincia de Castellón, acogiéndose a la perpendicular o línea base de la provincia de Castellón, esta línea divisoria del paralelo de Almenara perjudica gravemente a las embarcaciones de arrastre del Grau de Castelló, en fondos de gamba roja, cigala y otras especies de interes comercial para el sector de arrastre de Castellón.
Las zonas que podrían acotar los pescadores de Valencia son las zonas más cercanas a Valencia como las "Moletas" tanto de tierra donde esta ubicada la boya de aguas profundas de Valencia, y las Moletas de fuera, que se encuentran a la parte de poniente de la linea de la demora de 107º, es la linea divisoria que realmente tendría que ser, es lo lógico y sin discriminar a los pescadores de Castellón y Burriana, y no dividir las zonas de veda con ese paralelo de Almenara con 90º de demora que se va por fuera de las islas Columbretes a la perpendicular del puerto de Castellón.
Hay que modificar el paralelo de Almenara por una demora desde la unión de las lineas bases de 107º, para que los pescadores de Castellón puedan acceder a esas zonas que por el derecho de mar le corresponden vedar y poder pesca a los pescadores de la provincia de Castellón, y no a los pescadores de Valencia.
Como podéis comprobar en el Mediterráneo hay muchas zonas de vedas temporales que se rigen por DEMORAS hacer una línea de un paralelo para la veda de arrastre temporal discrimina a la modalidad de arrastre de Burriana y del Grao de Castellón restringiendo frente el litoral de Castellón en aguas profundas la pesca de arrastre de Castellón.
Embarcaciones de arrastre del puerto del Grau de Castelló
Foto realizada por José Francisco Martín (QUIQUET) barcos de arrastre de Castellón
Hay que modificar esta injusta decisión que se tomo hace años, hoy en día el puerto de Valencia solo tiene 5 barcos de arrastre, Burriana 9 y el Grau de Castelló 16 barcos de arrastre, (en total 25 embarcaciones de arrastre) que no pueden ir a pescar por culpa de esa mala división de las zonas de veda que se podria hacer una demora sobre las dos líneas bases de cada provincia, "CONSIDERO UNA DISCRIMINACION EN EL DERECHO DE MAR PARA PODER PESCAR AL ARRASTRE FRENTE CASTELLÓN DONDE SE HA PESCADO TODA LA VIDA".
Real Decreto 1440/1999, de 10 de septiembre, por el que
se regula el ejercicio de la pesca de arrastre de fondo en el caladero nacional del
Mediterráneo, establece, en su disposición final segunda, que se faculta al Titular
del Departamento, para dictar, en el ámbito de sus competencias, las
disposiciones necesarias para el cumplimiento y aplicación de lo dispuesto en el
mismo y, en particular, para regular planes de pesca, con normativa específica y
establecer vedas y fondos justificados por el estado de los recursos, todo ello de
conformidad con el informe previo del Instituto Español de Oceanografía. Los
informes científicos actuales vienen a confirmar que resulta aconsejable el
establecimiento de medidas de protección para las poblaciones de las especies
objeto de esta pesquería, entre ellas la creación de vedas.
En la Provincia de Castellón la zona de veda se delimita de esta forma.
Zona delimitada entre la demora de 123º desde la Gola Sur del
Río Ebro, en situación 40º 40,9’ latitud Norte y 0º 51,3’ longitud
Este y el paralelo de Almenara en situación 39º 44,4’ de latitud
En la Provincia de Valencia la zona de veda se delimita de esta forma.
En la Provincia de Valencia la zona de veda se delimita de esta forma.
Zona comprendida entre el paralelo de Almenara y la demora de 130º trazada desde la punta de la Escaleta, en situación de 38º 31,6’ de latitud Norte y 0º 57,5’ de longitud Oeste
Al acogerse al paralelo de Almenara se discrimina a Castellón en acceder a los caladeros descubiertos de gamba roja, ya que dicho paralelo de (Almenara tiene una demora de 90º) a la unión de la línea base de Valencia y de Castellón, y (se adentra dentro de la perpendicular del puerto de Burriana en el talud o zona abisal donde se han encontrado esos caladeros de gamba roja y se puede captura este preciado marisco).
En la zona de que delimita Cataluña y Castellón se delimita con una demora de 123º y en la parte de Valencia y Castellón por el paralelo, que en realidad se tendría que acoger las zonas de Valencia y de Castellón a una demora de 107º como se ve en la imagen de color rojo.
La línea base que divide aguas interiores y aguas exteriores se extiende desde:
Pto. de Sagunto (extremo escollera)
39º 38’, 54
00º 12’, 42
Longitud E. a Peñíscola
40º 21’, 45
00º 24’, 50
La línea base que divide aguas interiores y aguas exteriores se extiende desde:
Divisoria de zonas de pesca en aguas exteriores como en verdad se tiene que hacer, es con una (demora de 107º) desde la unión de las dos lineas bases que dividen aguas interiores de las aguas exteriores.
Imagen de satélite donde se ve claramente la discriminación total, el paralelo de Almenara se adentra en zonas de pesca donde han ido toda la vida los barcos de Castellón a pescar, además hoy en día se puede ir a pesca gamba roja que es la pesca más responsable que hay porque apenas tiene descartes, y es un producto de gran interes comercial para la lonja de Castellón.
Montajes hechos por José Francisco Martín (QUIQUET)
De esta forma es como se tendría que dividir las zonas de vedas de Valencia y Castellón acogiéndose a una demora de 107º a la unión de las respectivas lineas bases de las dos provincias ya que el paralelo de Almenara se coge a 90º de la linea base de Valencia y no de la de Castellón, perjudicando a la pesca de fondo de gamba blanca, gamba roja y cigala a los pescadores de Castellón. (Fue un reglamento mal hecho y que hay que modificar ya que perjudica a los pescadores de arrastre de Castelló).
El que propuso poner como linea divisoria como paralelo en vez de una demora seria de Valencia en vez de Castellón creo yo, porque si no no se entiende hacer una linea que llega cerca de las Columbretes perjudicando a la pesca de arrastre de la provincia de Castellón.
Con lo cual la Federación de Cofradías de Pescadores de Castellón tendría que pedir a la Administración una modificación de la linea de división de las zonas de veda, y en vez de un paralelo que tiene una demora de 90º, poner una linea de demora de 107º como se ve de color rojo en esa imagen de satélite, cogiendo los mismo grados de esa linea con las dos lineas bases de las respectivas provincias.
Con un paralelo cuando en la provincia de Valencia esta en veda de arrastre los barcos de Castellón no pueden pescar ni gamba blanca, ni quisquilla, ni cigala, ni gamba roja, porque esta linea del paralelo que fue reglamentada en su día (discrimina y perjudica a las embarcaciones de arrastre de Castellón desde hace muchos años), cuando las cosas se hacen mal hay que modificarlas para que las embarcaciones de arrastre de Castellón puedan seguir pescando marisco hasta que la provincia de Castellón hasta que haga su veda para la pesca de arrastre los meses designados por la Administración.
Con un paralelo cuando en la provincia de Valencia esta en veda de arrastre los barcos de Castellón no pueden pescar ni gamba blanca, ni quisquilla, ni cigala, ni gamba roja, porque esta linea del paralelo que fue reglamentada en su día (discrimina y perjudica a las embarcaciones de arrastre de Castellón desde hace muchos años), cuando las cosas se hacen mal hay que modificarlas para que las embarcaciones de arrastre de Castellón puedan seguir pescando marisco hasta que la provincia de Castellón hasta que haga su veda para la pesca de arrastre los meses designados por la Administración.
NO AL PARALELO COMO FRONTERA DE VEDA
Como se puede ver en esta imagen el caladero esta más cerca de Castellón que de Valencia, no dejar pescar cuando se ha ido toda la vida es una injusticia y perjudica a la modalidad de arrastre del puerto de Castellón y Burriana.
Montajes hechos por José Francisco Martín (QUIQUET)
El principio de la libertad de la pesca marina es reconocido hoy en día por toda la comunidad internacional. Este régimen de libertad se basa en la definición de la alta mar como res communis, lo que significa que las zonas de pesca no pueden reclamarse como propiedad privada[42]. Para todos los países del Mediterráneo, el régimen que rige las zonas marítimas puede expresarse en el principio siguiente: “la mar pertenece a todos y la utilizan todos”. En este contexto, el derecho a la pesca es un asunto público, ya que está adscrito al derecho de las personas a las zonas marítimas.
Una pesca sin descartes y con futuro
Montajes hechos por José Francisco Martín (QUIQUET)
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